
Desde el Ministerio de Seguridad de la Nación, se dio a conocer el nuevo Protocolo de Actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado en Manifestaciones Públicas, tras la reunión del Consejo de Seguridad Interior. El abogado Joaquín Tunez explicó en Punto de Partida los puntos más importantes del documento: «El protocolo se desentiende de los acuerdos internacionales que tiene el Estado, para conservar los estándares mínimos de usos de la fuerza en caso de una protesta social. Lo que hace es un decálogo de cual debería ser el accionar de la policía en caso de manifestaciones. Describe que cuando se tome conocimiento de una manifestación programada, se armará el operativo inmediatamente».
La vigencia del nuevo protocolo genera un cambio de paradigma en la relación Estado-seguridad, al establecer que la policía de ahora en adelante, tiene autonomía en el procedimiento del control de la protesta. «La fuerza tiene que disponer con criterio objetivo, como va a proceder para que los manifestantes abandonen la calle. Esto hace que se reste toda responsabilidad política, en lo que significa una absoluta autonomía de las fuerzas de seguridad», detalló el abogado.
En diálogo con Lucas Molinari, Túnez habló acerca de la disposición del uso de armas, que reglamenta el nuevo documento: «Este protocolo no prohíbe las armas de fuego. Los policías van a decidir como usar los armamentos y la loguística necesaria en el momento de disuadir a los manifestantes. Lo que hay que entender que el proceso que empieza ahora, es un abandono del control político de la seguridad. Vuelve la total autonomía de las fuerzas».
Por último explicó como estará relacionada la justicia con el nuevo accionar de las fuerzas: «Cuando los manifestantes no quieran levantar la manifestación, la policía tendrá la facultad de comunicarse con la justicia. Para el Código Penal, cortar una calle, ruta o autopista configura un delito que se sanciona con una pena de prisión. A partir de esto, si la manifestación no se disuelve a los 5 minutos, los policías podrán comunicarse con la justicia sin mediación del poder ejecutivo».
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