febrero 02, 2025

Delegado de la AFSCA de Saladillo reasume sus funciones

Delegado de la AFSCA de Saladillo reasume sus funciones

Luis Gorosito, delegado coordinador de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) de la regional Saladillo, provincia de Buenos Aires, relató a Panorama Federal que a partir del dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia 267/2015 por parte del gobierno nacional, que estableció la disolución de la AFSCA, le fue comunicado que dejaba el cargo en esa Autoridad por medio de un telegrama.

Luis-Gorosito

“La novedad es que en el día de hoy (miércoles 13) fuimos repuestos en el cargo por esta resolución de un Juzgado Federal de San Martín” a cargo de la jueza Martina Isabel Forns, a partir de una medida cautelar presentada por la Cooperativa de Trabajo para la Comunicación Social Ltda., que gestiona la radio FM En Tránsito de la localidad de Castelar, provincia de Buenos Aires.

La Jueza ordenó la suspensión inmediata de los efectos de los Decretos 13/15, 236/15 y 267/15 dictados por el Presidente de la Nación Argentina.

El fallo, con fecha del 11 de enero de 2016, además de suspender los decretos que modifican la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), obliga al Poder Ejecutivo Nacional a presentar un informe en el plazo de 3 días que fundamente sus medidas, de acuerdo a lo previsto por el art. 4 de la ley 26.854 y el informe circunstanciado establecido en el art.8 de la ley 16.986.

Hasta que se defina la cuestión de fondo, que tiene que ver con la legalidad o no de esos decretos, la jueza ordena que se retrotraiga la situación al momento anterior de la intervención a la AFSCA “y en función de esa medida judicial hemos sido repuestos en nuestros cargos, más allá que la intervención no haya reconocido esta resolución de la Justicia”, destacó Gorosito.

Para la jueza Forns del Juzgado Federal N°2 de San Martín “con el dictado de los decretos se ha avanzado sobre las competencias del Poder Legislativo y se ha violentado el artículo 165 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual”.

En un documento de más de 30 páginas, la Jueza cita diversos aspectos del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que en 2013 declaró la plena constitucionalidad de los artículos 41 y 45 de la LSCA y que en el Decreto 267/15 son sustituidos.

Además, considera que las justificaciones de los tres Derechos de Necesidad y Urgencia N°13/15 del 10/12/15, N°236/15 del 22/12/15 y el N°267/15 del 29/12/15 dictados por el Poder Ejecutivo Nacional, no responden a “circunstancias de excepcionalidad” como determina la Constitución.

 

AW/ GF /RG

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