septiembre 11, 2025

Acuerdos de Madrid o la diplomacia como continuación de la guerra por otros medios (parte 2)

Acuerdos de Madrid o la diplomacia como continuación de la guerra por otros medios (parte 2)

Por Guillermo Caviasca (*)

En base a lo planteado en la primera parte de este informe, podemos ver cómo los «Acuerdos de Madrid» de 1989 y 1990 son “hojas de ruta” para la implementación de una política de vasto alcance en lo económico, militar y de vasta implicancia geopolítica. La bajada a la práctica, los acuerdos concretos de validez legal o que hacen a la implementación de las políticas acordadas en las áreas definidas en las declaraciones se fueron implementando mediante grupos de trabajo binacionales que abordaron los temas, que realizaron nuevas declaraciones que complementaban las de “Madrid” y que implicaban la realización (ahí si eran necesarios) de tratados y leyes que los hicieran efectivos en los casos específicos.

Debemos aclarar algo que reiteraremos en todo este trabajo: la política general del gobierno menemista, desregulación, privatizaciones, libertad al capital extranjero, endeudamiento, realismo periférico, reforma militar, etc. enmarcados por la ley de reforma del estado y la ley de emergencia económica, sumada a la herencias del “proceso” de desregulación financiera, son la base sobre la que “Los acuerdos de Madrid” pueden ser implementados en forma contundente. Pasamos ahora a ver algunas de las políticas específicas que, por su implicancia para la formación socioeconómica argentina y para la soberanía nacional, consideramos fundamentales, por generar estructuras estables y difíciles de revertir.

El Acuerdo bilateral de inversiones

De toda la política británica hacia la Argentina contenida en las “Declaraciones de Madrid” es el “Convenio entre el Reino Unido (…) y el gobierno de la República Argentina para la promoción y protección de inversiones” la llave maestra del entramado. La segunda declaración de 1990 establecía en su punto 12: “Reconociendo que la promoción y la protección recíprocas alentaría la iniciativa privada y fomentaría la prosperidad en sus países, ambos gobiernos decidieron comenzar por vía diplomática la negociación de un ‘acuerdo de promoción y protección de inversiones’”. Así el 11 de diciembre de 1990 Domingo Cavallo, en su última gran acción como canciller antes de pasar a revistar como ministro de Economía, y Douglas Hurd, el canciller británico, firmaron el Tratado que fue ratificado por el Congreso sin cambios el 4 de noviembre de 1992.

Como vemos, la puesta en acto de medidas acordadas en Madrid que requieren sanción legal fue hecha en tiempo y forma. Por eso los negociadores no dudaron en llamar “Declaraciones” a las de Madrid, que son orientativas del conjunto de las políticas, y “Tratados” a las políticas específicas que requieren leyes del parlamento. Esto no disminuye la validez de las declaraciones con las obligaciones que implican para las políticas de las partes. Para llevarlas adelante estaban los “Grupos de trabajo” que se reunieron muchas veces por diversos temas. Y de allí salieron los acuerdos (y desacuerdos) respecto de todos los temas. También es necesario señalar que si uno se aleja de lo acordado en las declaraciones, o las diferencias implican enfrentamientos, debe denunciarlas. Tal como (veremos más adelante) hizo el canciller Jorge Taiana en el caso de la Pesca.

El tratado abarca la protección más amplia y completa de todo tipo de inversiones, como detalla el Artículo 1: físicas, muebles o inmuebles, títulos o acciones de todo tipo, tecnología y propiedad intelectual, concesiones y otros tipos de acuerdos que hagan “a la prospección, cultivo, extracción o explotación de recursos naturales”. Como vemos en este artículo, el tratado abarca la minería e hidrocarburos en todo el territorio argentino, no especialmente en la región de Malvinas. Sectores de la economía que comenzaron a transformarse en recursos de explotación y exportación en manos de las grandes empresas extractivas extranjeras entre las que las inglesas, son parte sustancial. Este tratado fue parte de un paquete que transformó y permitió su implementación a partir de este momento histórico, de la mano del nuevo “Código de Minería”, la reforma constitucional que entrega los recursos naturales (desregulados y privatizados) a las provincias y la privatización de YPF.

El Artículo 3 es interesante ya que repite casi textualmente los conceptos fundamentales del tratado argentino británico del 2 de febrero 1825, firmado por el inefable lobbysta de los intereses británicos Manuel García, a la sazón ministro del gobierno de Rivadavia, y Woodbine Parish el encargado de negocios inglés en el Río de la Plata. En el cual se estipulaba la categoría de “nación más favorecida”, con un trato excepcional a los súbditos británicos y sus inversiones, con especificaciones respecto de aduana, tránsito, inversiones, navegación, propiedades y mercaderías, etc. que serían tratados preferencialmente. El actual tratado señala en su Artículo 5 que “ninguna parte someterá en su territorio las inversiones y ganancias de inversión de la otra parte contratante a un trato menos favorable que el otorgado a las inversiones y ganancias de sus propios inversores o que las inversiones y ganancias cualquier tercer estado”. No es muy aventurado afirmar que la “reciprocidad entre las inversiones británicas en nuestro país y las argentinas en Inglaterra no tiene ninguna dimensión de realidad. Debemos mencionar que dada la continuidad jurídica, tanto del Estado Argentino como del Reino de Gran Bretaña, el tratado de 1825 estaría vigente, lo que hace a la Ley de protección de inversiones un renacimiento y una readecuación (y profundización) de aquel viejo tratado rivadaviano.

Y en su inciso B, como en el Artículo 6 protege las “ganancias” especificando todos sus posibles tipos, remisión de utilidades, beneficios, intereses, dividendos regalías u honorarios, etc. que no pueden ser tocados, ni directa ni indirectamente. Dejando claro que no podrán ser manipuladas tampoco por el tipo de cambio, lo que implica que el Estado deberá suministrar divisas a cambio internacional. Ni podrá negarse a otorgar las divisas en tiempo y forma para ser remitidas al exterior. Agrega que en caso de “dificultades excepcionales de balance de pagos y por un periodo limitado” (haciéndose cargo de los problemas periódicos de la Argentina) se podrá “limitar la libre transferencia”. Siempre y cuando después de un tiempo prudencial se otorguen las divisas al tipo de cambio en el que fueron suspendidas. Como para destacar también está el Artículo 8 donde se estipula al CIADI como organismo preferencial para resolver diferendos, aunque en el inciso siguiente deja abierta la posibilidad de que, si no se estipuló explícitamente en el contrato, la cuestión sea resuelta por otro tribunal acordado por las partes.

Como vemos ésta es la llave maestra británica con la que se coloca varios pasos delante de otras potencias capitalistas en la fila de entrar a saquear la Argentina desregulada y privatizada por el menemismo. Es claro que la victoria diplomática del 89/90 fue muy superior a la militar de 1982. Y abarca todo el territorio nacional. Era evidente que la diplomacia consideraba que con tal nivel de concesiones la colaboración dentro de estos parámetros en Malvinas sería posible. Pero no lo fue. Los ingleses, a diferencia de nuestras clases dirigentes, tienen claro que la proyección geopolítica es más que un negocio. Mediante este tratado devenido en Ley los británicos cuentan a su favor con preferencias especiales como para compensar su retaso relativo como potencia imperialista. Y es necesario destacar que Argentina no es un botín chico ni mediano, sino que está entre los grandes botines que el capital transnacional adquirió en esos años, y aun tiene, produciendo toneladas de huevos de oro.

Pesca

En la primera declaración de Madrid en el punto 1-d y en el punto 2-10 se aborda el tema pesca. Lo presenta como acercamientos para la “conservación y cooperación” de la fauna marina. E insta a “establecer un grupo de trabajo” que avance en el tema, que se lleva adelante. Esto se efectivizó con la reunión el 18 y 19 de diciembre de 1989 en París del “Grupo de trabajo Argentino británico sobre pesca” que estableció que ambos países intercambiarían información sobre el tema en la región que va del paralelo 45 al 60 (en coincidencia aproximada con la zona de control militar), aportando detalles de las flotas, cardúmenes y que se iniciaría la exploración de la posibilidad de cooperación. En la segunda “declaración de Madrid” se retoman estos puntos y se amplían en el punto 8 de la misma. Allí se reafirma el funcionamiento de un “Grupo de trabajo” que trate los temas claves de Pesca y FFAA. Estos temas serán tratados en numerosas reuniones de las partes a lo largo de los años.

A partir de allí comienza una dinámica muy intensa que no conducirá a buen puerto para la Argentina. En cambio, irá paralela a la mejora de la situación británica en las Islas y a la enorme expansión de la explotación pesquera en la región por parte de flotas extranjeras, muchas de ellas con sede en Malvinas. El 28 de noviembre de 1990 se realiza la primera reunión de la “Comisión de Pesca del Atlántico Sur”, donde se saca una “Declaración conjunta sobre la conservación de recursos pesqueros”. Este tipo de reuniones se repiten en Buenos Aires y Londres cinco veces a lo largo de 1991 y 1992.

Inglaterra avanzó sin pausa mediante sucesivos actos unilaterales de afirmación de su dominio de diversas formas. Uno de ellos fue la declaración de jurisdicciones marítimas exclusivas alrededor de Malvinas desde 1986 y de las Georgias y Sandwich desde 1993. Había comenzado con la venta de licencias en 1987 y no se detuvo, sino que las amplió exponencialmente a partir de los acuerdos. Siguió con el levantamiento unilateral en 1994 de la prohibición total temporaria de pesca estipulada en el área descripta en el “Anexo de la Declaración Conjunta del 28 de noviembre de 1990”, en el área al Oeste de aquella y la instauración en 2005 de un régimen de cuotificación de los recursos pesqueros en aguas circundantes a las Islas Malvinas, lo que llevó a la suspensión del acuerdo explícito de la declaración de noviembre de 1990. Todos actos de afirmación de soberanía y de expansión económica, bajo un eficiente “paraguas de soberanía”.

Las protestas argentinas están asentadas ante los foros internacionales correspondientes, pero caen siempre en saco roto. A pesar de ello hubo dos reuniones más el 6 y 7 de septiembre de 2006 y el 14 y 15 de marzo de 2007. Y una “Segunda Reunión Diplomática Especial para el tema pesca”, sin alcanzarse un acuerdo. Finalmente el 20 de junio del 2008 el Gobierno nacional promulgó la ley 26.386 de Régimen federal de pesca, para actuar en relación con las empresas que explotan recursos pesqueros en la zona económica exclusiva argentina (que abarca Malvinas y demás islas) sin la autorización correspondiente, a las que se le aplican sanciones pecuniarias, hasta el decomiso del buque. Los acuerdos previstos en la declaración de noviembre de 1990 se encuentran suspendidos.
En setiembre del 2016 el gobierno de la Alianza Cambiemos inició una nueva negociación y reestableció acuerdos. La canciller Malcorra y el vicecanciller británico Alan Duncan firmaron una “declaración” donde se contempla la explotación conjunta de pesca e hidrocarburos en la zona de Malvinas y el restablecimiento de un vuelo desde las islas al continente, para mencionar los aspectos centrales, pero sin que Inglaterra haya revertido, ni siquiera puesto en discusión, algunas de las medidas anteriores que llevaron a la ruptura, ni mucho menos el tema de la soberanía. No está de más señalar que esta nueva declaración solo ha dado más tranquilidad y tiempo al avance británico, y que no consiguió ni mininas aspiraciones económicas.

Muchos recordarán una propaganda que tenia como lema “Menem lo hizo”. Una de las realizaciones menemistas era el enorme incremento de la explotación pesquera. Los 90 fueron el comienzo del auge del saqueo pesquero en todo el Atlántico Sur, enormes flotas de los países cuyas banderas cobijan industria de la pesca han recalado en nuestras aguas. En su masiva mayoría no son barcos argentinos, ni tripulaciones argentinas. Pescan con permisos, dejando un impuesto no muy elevado en las arcas provinciales. Este es el tema de disputa en la zona. Desde Malvinas se disputa un puerto y costos más baratos para la explotación de nuestras aguas. Sin embargo es claro que la política nacional en este tema ha dejado mucho que desear, se ha asimilado al denominado “extractivismo” (una empresa extranjera llega al país, toma de un recurso natural todo lo que puede, deja lo menos posible y se lleva todo, sin abonar a ninguna actividad transformadora), en este caso de recursos ictícolas.

La pesca representa el principal ingreso fiscal de las Islas con 108 millones de dólares (es lo que queda en las islas por impuestos, no el valor de lo que se extrae) el 34,1% del total producto (2017). De unas 230 licencias concedidas por los Isleños bajo protección británica, en condiciones muy favorables a pesqueros principalmente de bandera española, coreana y taiwanesa que se llevan más de 200000 toneladas anuales. Esa cifra no ha sido eclipsada por las inversiones petroleras que han ido en aumento haciendo bajar el porcentaje de ingreso por pesca del 40 al 31%. Sin embargo, el petróleo descubierto aún no es rentable. El salto cualitativo sucedió con la declaración de la zona económica exclusiva por parte de Inglaterra, lo que le dio a los isleños la posibilidad de hacer concesiones en las 350 millas de jurisdicción y saltar rápidamente en ingresos desde 8 millones a los 60 millones en muy pocos años, ya en 1987 se habían exportado 227500 toneladas de calamar.

Como se ve al estudiar la evolución y composición del PBI isleño, la histórica Falkland Company y su lobby colonial sigue siendo la dueña de la mayoría de las tierras (el 40%) y los numerosos rebaños de ovejas. Pero ahora su antigua hegemonía es una más de los grupos de interés que operan en la zona. La cifras varían en los últimos años, pero más o menos se sostienen y muestran cual ha sido el éxito británico en su política colonial. Teniendo en cuenta que Inglaterra destina unos 65 millones de libras a las islas por año en defensa y que el ministro de Defensa, Michael Fallon, había anunciado en el 2015 que el Gobierno invertiría 268 millones de dólares en los siguientes 10 años a fin de asegurar la protección de los habitantes de ese territorio. Vemos que las islas generan superávit. Y lo hacen más allá de la hipotética expansión de los recursos petroleros y de la lucha por la posesión de la Antártida

Hidrocarburos

El 9 de diciembre de 1991 las cancillerías de Argentina y Gran Bretaña anunciaron la creación de un “equipo binacional para analizar formas de cooperación mutua en la exploración y explotación del lecho marino en el Atlántico sur”. El canciller era Di Tella y el ministro de economía, Cavallo. La representación argentina estuvo presidida por el director general de política exterior de la Cancillería, embajador Fernando Petrella; en tanto que la delegación británica estuvo a cargo del subsecretario adjunto del Foreing Office, Adrián Beamish.

Pero esta intención no fue fácil de concretar por la dureza británica que, también en este tema, realizó un avance rápido sin importarle los reclamos e intenciones de “cooperación” argentinas. El pedido mínimo de nuestro gobierno era desarrollar exploración y explotación conjunta y proponía una serie de zonas “limítrofes” entre la proyección de Malvinas y la del continente. En realidad, como en el tema pesquero, Argentina consideraba que la zona de Malvinas era, específicamente, la que debía discutirse y Gran Bretaña consideraba que la relación debía llevarse como si fueran dos países limítrofes que generaban espacios para sociedades comerciales. O sea, como en todos los casos, para Inglaterra el “paraguas” era en realidad un “blindaje”.

El 25 de septiembre de 1992 el gobierno británico, como consecuencia de las negociaciones mantenidas desde diciembre de 1991, decidió que empresas argentinas podrían participar en el llamado a licitación para la prospección sísmica, primer paso para la explotación petrolera. En marzo de 1993 anunció que, mediante una carta de intención, había notificado a las compañías petroleras más importantes del mundo que abriría la licitación para la exploración del petróleo. Lo hizo de modo unilateral y para la fase de exploración con perforación. Como vemos, la invitación a empresas Argentinas es de una nación que ejerce soberanía (en Malvinas) a empresas de otro país, donde no se discrimina (como hasta el momento) a las que tengan personería jurídica en nuestro país (muchas británicas, todas extranjeras en 1993).

Este llamado para la explotación de petróleo se realizó mediante las llamadas “letters of comfort”. Que garantizaban que si había petróleo dentro del área de 150 millas que rodea a las Malvinas, podrían extraerlo. La Argentina envió su respuesta mediante las “letters of discomfort” a las mismas empresas, advirtiendo que iniciaría un juicio en los tribunales internacionales a todo aquel que extrajera petróleo de esa zona en conflicto sin su autorización. Pero Inglaterra respondió dejando clara su interpretación de la cuestión del “paraguas” y de los “Acuerdos de Madrid” en general: “que el gobierno británico no tenía por qué consultar al argentino al respecto, y que las relaciones entre ambos países debían seguir en el marco de amistad, confianza y cooperación que ha caracterizado a las relaciones bilaterales desde que se renovaron las relaciones entre nuestros países (…) esta medida no excluye al gobierno argentino de una futura cooperación en el área petrolera. El gobierno argentino sabía que íbamos a emitir estas cartas de intención, ni Gran Bretaña ni la Argentina quieren descartar una futura cooperación en las islas”.
El avance en la relación se produjo finalmente por el esfuerzo y las concesiones del canciller Di Tella, pese a recomendaciones en contrario de otros diplomáticos, inclusive el embajador en el Reino Unido, Mario Cámpora. La cancillería en ese entonces llevaba a fondo la política del “realismo periférico”, que se metaforizaba en dos definiciones de cancillería: las “relaciones carnales” y la “seducción” a los Kelpers, a los que llegó a enviarles ¡ositos de peluche!

Así en Nueva York, el 27 de setiembre de 1995, se firma una nueva “Declaración conjunta” entre los ministros de relaciones exteriores de Gran Bretaña y Argentina Guido Di Tella y Malcolm Rifkind para avanzar en la “exploración y explotación de hidrocarburos” en el Atlántico Suroccidental. Luego de reafirmar el consabido paraguas de la soberanía, destaca que se excluyen a las Georgias y las Sandwich de esta declaración, en coincidencia con los intereses británicos. Esto es así porque Inglaterra separó la jurisdicción de Malvinas (dándole autonomía a los Kelpers en su zona) respecto de Sandwich y Georgias bajo jurisdicción directa de Londres. Malvinas tiene su “gobierno propio” y se busca hacerlas sustentables, y meter a los kelpers como parte soberana en la discusión con Argentina. Mientras que Georgias y Sandwich pasan a ser territorios directamente administrados desde Inglaterra. La declaración, al mencionar explícitamente esto, hace una nueva concesión geopolítica a los ingleses, ya que en Argentina las Malvinas, Georgias y Sandwich son parte de una unidad política que es la provincia de Tierra del Fuego. O sea la diplomacia Argentina acepta nuevamente un statu quo y una geografía política del ocupante, siguiendo de esta forma la aceptación de hecho y derecho de negociaciones económicas entre dos estados soberanos de los cuales uno (el inglés) ejerce su soberanía y la hace efectiva en el plano de la economía.

Luego, la declaración pasa a especificar que los convenios serán de acuerdo a las necesidades estrictamente técnicas de la industria, acorde a la experiencia en el Mar del Norte y el Atlántico. Se crean organismos de coordinación para avanzar y se establece la decisión de realizar una estrecha coordinación para repartir beneficios y regalías. Es sencillo darse cuenta que la explotación del petróleo en el Atlántico sur sólo podría hacerse con la colaboración Argentina, o al menos esto disminuiría notablemente sus costos.

El embajador Petrella expresaba claramente las intenciones del gobierno señalando la “satisfacción por el resultado de la reunión y demuestra el interés británico para avanzar en algún acuerdo sobre la cooperación en materia petrolera. Las formas de concretarla son amplias: desde la utilización del territorio continental argentino por parte de las empresas petroleras internacionales que tomen a su cargo las tareas, hasta la botadura de naves con licencia compartida por ambos países para facilitar las mismas”. Muy claro, huelga la explicación del significado de fondo de toda nuestra política. Si para los ingleses la “economía” aparece como una herramienta para imponer su soberanía; para Argentina, la soberanía se subordina a los negocios privados. Sin embargo, además de esta cuestión de “costos” que son ciertas (y que los británicos han decidido poner en un segundo plano respecto al ejercicio pleno de su soberanía), la lectura del tratado parece similar al que se podría hacer con Chile o Uruguay en la frontera marítima. O sea, da a las Malvinas el carácter de ser parte de un Estado extranjero con el que se tratan cuestiones de explotación común en áreas de frontera, aunque el “paraguas” dé la excusa a nuestro gobierno para impulsar esos negocios.

Pero todo devino en conflictos. El tratado especifica que busca “promover la exploración y explotación (…) en áreas (…) sujetas a disputa de soberanía y jurisdicción”. Pero esto es diferentemente interpretado por ambos países en conflicto, aunque, no está demás aclarar que, para los foros internacionales la “zona en conflicto” es geográficamente más cercana de lo que Argentina plantea. El acuerdo señala seis zonas de 3500 km2 donde se iniciarían las colaboraciones, ubicadas aproximadamente entre Malvinas y Tierra del Fuego.

Sin embargo la colaboración en este sentido nunca se llevó a la práctica justamente por la “interpretación distinta” de lo que está en conflicto (claro, porque es un conflicto). Ya que Argentina interpretaba que la exploración y explotación común se debía realizar en los 430000 km2 en disputa en torno a Malvinas, e Inglaterra solo aceptaba que fueran los espacios exteriores a esa zona y se reservaba para sí misma la jurisdicción soberana del área que reclamamos. Inglaterra continuó con sus licitaciones de amplias zonas sin que las protestas argentinas mellaran su política. El problema para los británicos es que el petróleo se encuentra mar adentro, fuera de la plataforma continental y en cantidades insuficientes para compensar los costos en las condiciones actuales. Esta ha sido la única razón por la que la explotación petrolera kelper no haya avanzado y que la política argentina no se haya transformado de fracaso en catástrofe.

Con el cambio de autoridades nacionales del menemismo a la Alianza se produjo un cambio en la política respecto a Malvinas. En el año 2000 el nuevo canciller Adalberto Rodríguez Giavarini determinó que el acuerdo petrolero entraría en una “pausa de reflexión”, que en la práctica implicó la suspensión de la colaboración que hasta el momento había sido fallida para la parte Argentina.
Esta pausa se prolongó hasta el 2007 cuando el canciller Jorge Taiana, de la nueva administración kirchnerista, dio por terminado el acuerdo, indicando la falta de voluntad británica, la interpretación incompatible de las partes respecto de los términos de la declaración y la violación permanente de Gran Bretaña de las resoluciones internacionales. Aunque está claro, y hay que destacar, que a lo largo de las diversas administraciones el objetivo siempre fue que las licitaciones inglesas para explorar y explotar lo que se descubriera se hicieran en conjunto, tuvieran participación Argentina. Una aspiración módica, que Inglaterra no satisfizo. Lo que evidencia con crudeza algo que siempre fue muy claro, mas allá de las formulaciones diplomáticas, el “paraguas de la soberanía” era un blindaje británico que dejaba afuera un tema que no podía ser excluido ya que “la soberanía” abarca y se materializa en la posesión de recursos pesqueros, petrolíferos, etc. Por lo tanto, todas las negociaciones terminaron fracasando. Pero fracasando solo para Argentina, para los británicos fueron éxitos rotundos, materialmente verificables.
La decisión del Gobierno argentino de dar por terminado el entendimiento provisorio de hidrocarburos fue apoyada por los doce países que participaron en la “I Cumbre Energética Sudamericana celebrada en la Isla Margarita” en Venezuela. Allí Argentina, Uruguay, Colombia, Venezuela, Paraguay, Ecuador, Chile, Guyana, Surinam, Perú, Brasil y Bolivia suscribieron el 17 de abril de 2007 la “Declaración Presidencial sobre las Islas Malvinas” que apoya claramente las posiciones Argentinas.

Además, en el marco de las medidas concretas destinadas a desalentar y evitar la explotación ilegítima de sus recursos naturales, el Gobierno nacional dictó el “Decreto N° 256/2010 de aplicación a la circulación de los buques y artefactos navales entre los puertos continentales y los de las islas en disputa”, cuyo Reglamento de Aplicación fue publicado el 26 de abril de 2010 en el Boletín Oficial, que se implementó y que entró en aplicación concreta. Con relación a este tema cabe tener presente la Ley 26.659 sancionada el 16 de marzo de 2011, que establece las condiciones para la exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina y prevé sanciones de entre 5 y 20 años de inhabilitación a los infractores. Constitucionalmente la plataforma continental argentina incluye a Malvinas, Georgias y Sandwich.
Así, como señala la ex canciller Ruiz Cerruti (alto miembro del personal del ministerio durante la gestión de De la Rúa), a 10 años de la firma de los acuerdos de Madrid sólo había perjuicios para Argentina: Inglaterra no había cesado de avanzar y consolidar su posición y Argentina no había obtenido nada en absoluto. La derrota diplomática de los 10 años menemistas había sido catastrófica y construido una estructura difícil de desmontar. En la discusión petrolera eso era muy evidente por la visualización mediática del tema. Aunque lo cierto es que la extracción del petróleo en Malvinas tantas veces anunciada nunca se concretó, con o sin colaboración Argentina. Es que los costos de la explotación Off Shore en el Atlántico sur, en zonas muy complicadas climáticamente, lejos de la costa y a mucha profundidad necesita una muy alta inversión y equipo muy costoso. Y/o requiere una enorme potencialidad del yacimiento, y los descubiertos hasta ahora no tienen esa potencialidad a los precios de mercado actuales, lo que implica un riesgo enorme para las inversiones. Se suma esto a que, pese a la voluntad mostrada por nuestro país de “colaborar”, Malvinas sigue siendo una zona “caliente”.

La política de la actual administración argentina demostró voluntad de volver a avanzar en “mejores relaciones”, o sea más facilidades a los británicos. El 3 de marzo del 2018 la empresa Rockhoper y la empresa perforadora Diamond Offshore, ambas británicas, que operan en el mar del Norte (donde las reservas inglesas van en declive), firmaron una carta de intención para explotar un yacimiento. La empresa debe garantizarse extraer de una sola vez 1500 millones de dólares para que sea rentable la inversión. Los yacimientos se encuentran al noreste y sureste de las islas, más allá de las 200 millas. Según Federico Bernal, especialista en el tema, en la cuenca de Malvinas hay unos 293 millones de barriles para extraer en 25 años. Este especialista anunciaba en el año 2104 que estas empresas que hoy licitan, comenzarían a extraer petróleo en el año 2018 y que a unos 100 dólares el barril esto podía ser rentable dejando una ganancia de unos 30 mil millones en ese periodo y que serían comercializados en Inglaterra. Pero para que sea rentable en el largo plazo la explotación en la zona en las condiciones existentes debe asegurar un precio por arriba de los 80 U$S por un largo plazo, cosa que en los últimos años no parece segura. NO está de más señalar que al igual que en el tema sequero, las concesiones de los kelpers son sumamente favorables para las empresas, y despreocupadas por el brutal saqueo. Más que las de muestro país.
Pero la pregunta es ¿creemos que el petróleo es lo que mueve los intereses en el Atlánticos sur y los acuerdos de Madrid? Los hidrocarburos son un tema sobredimensionado. No porque no existan, sino porque la mayoría de los recursos reales de las Islas son hasta hoy pesqueros y, por otro lado, su valor geopolítico es central en la zona, tanto hoy como hacia el futuro. Inglaterra lo que busca es afirmar su jurisdicción sobre la Antártida y los enormes territorios marinos de la zona. Si fuera sólo económico su interés, sin dudas ya habría aceptado la colaboración aunque eso implicara algún tipo de “soberanía” formal compartida, quizás así sí el petróleo podría ser extraído a menor costo. Y sin dudas serían aún mayores los ingresos para los kelpers y para la corona. Argentina ha demostrado con creces estar dispuesta a ceder todo a cambio de algo. Aunque sea formal. Pero para los ingleses eso le implicaría un riesgo geopolítico que en condiciones de tanta “suavidad” de nuestra parte no le es necesario.

Vuelos

La declaración de Madrid de 1990 ya establecía poner en consideración “la situación de los contactos entre las islas Malvinas y el continente”. Esto se pospuso mucho tiempo, también por reticencias británicas. El conflicto era que para Argentina los vuelos a Malvinas eran “internos” mientras que para Gran Bretaña eran “internacionales”.

Finalmente en “La Declaración Conjunta” del 14 de julio de 1999 estableció un vuelo regular semanal de la empresa chilena LAN Airlines entre Punta Arenas y las Islas Malvinas con dos escalas mensuales en Río Gallegos. Esta declaración fue ratificada por un decreto ley de junio del 2002. Para la cancillería argentina esto significa que, como Chile reconoce a las Islas Malvinas como territorio argentino, los tramos entre Punta Arenas y Río Gallegos y entre Punta Arenas y las Islas Malvinas configuran vuelos internacionales entre la Argentina y Chile, mientras que el tramo entre Río Gallegos y las Islas Malvinas es considerado de cabotaje dentro del territorio argentino, por lo cual LAN Chile cuenta por Decreto 1179/2002 con una excepción a la reserva del tráfico de cabotaje para aerolíneas de bandera argentina. Una salida decorosa pero que roza el límite de lo extremadamente formal frente a la realidad de una concesión que (nuevamente) sólo beneficia a Gran Bretaña

Con el cambio de gobierno el 3 de noviembre de 2003 se comunicó al Reino Unido y a los demás países involucrados, que la República Argentina no autorizaría vuelos no regulares entre terceros países y las Islas Malvinas operados por empresas de terceras banderas. Con esta decisión se suspendió la comunicación por barco que había desde Chile, Brasil, pero especialmente de Uruguay.
Dicha medida no alcanza a los vuelos regulares amparados por la Declaración Conjunta del 14 de julio de 1999, ni a los privados cubiertos por el Acuerdo por Canje de Notas del 23 de febrero de 2001. Este último acuerdo otorga la posibilidad de vuelos charter aprobados desde territorio argentino, autorizados específicamente. Bajo este paraguas se realizaron los vuelos de los familiares y de turistas que visitan las islas. En este sentido no es criticable la declaración, pero abre la puerta (de hecho lo hizo) a su utilización por gobiernos muy flexibles para darle a los ingleses mas facilidades de comunicación.

O sea se mantiene el vuelo de Chile como situación excepcional y se desalienta otros vuelos, ya que al ser considerado territorio argentino los vuelos deberían tener autorización del gobierno para todos los que reconocen la soberanía Argentina (todos los países sudamericanos). De hecho la única comunicación cómoda y efectiva se ha venido realizando desde el continente americano, aunque podría haber vuelos desde Brasil o Uruguay, estos países han mostrado disposición en colaborar con Argentina. Solo existe el puente aéreo desde la isla de Santa Elena a 4000 km al noreste, que es el cordón umbilical de los kelpers. Es allí ante la apertura de un aeropuerto civil de carácter internacional en el 2016, desde donde se puede (con gran déficit) establecer una conexión directa alternativa a las que Argentina pueda proveer.

En el 2018 Argentina y Reino Unido llegaron a un acuerdo de establecer un nuevo vuelo entre el continente y Malvinas. Este vuelo debería ser desde Buenos Aires, pero los británicos exigen que tenga un origen en algún país vecino. En este sentido también deja en cierto “limbo” la cuestión de la soberanía, y si el vuelo es internacional o de cabotaje, al igual que el existente entre Punta Arenas y Malvinas. Pero hasta ahora ha fracasado, ya que las Islas sólo tienen 2000 habitantes y las relaciones comerciales y económicas que sustentan la colonia tienen una raíz en Chile, no en Uruguay ni Brasil, posibles orígenes del vuelo previsto.

Los vuelos desde Punta Arenas trasladan turistas y unas 24 toneladas de productos al mes. Pareciera que los vuelos desde Punta Arenas no dan ningún beneficio a Argentina y representan un gran oxígeno para la colonia que se puede proveer fácilmente de cosas y tener una salida civil viable, esto permite que entre de 200 y 300 chilenos estén trabajando en las islas, 160 tengan residencia permanente (algunos ya se consideren isleños británicos), lo que es una cifra elevada para tan escasa población (con la autorización del vuelo la presencia chilena como habitantes permanentes, pasó del 1,5% a más del 6%). La única manifestación registrada en la historia de las islas fue hecha por residentes chilenos en contra de la posición argentina hace unos pocos años. Los kelpers además tienen una fluida comunicación con el continente a la que aprecian mucho. Tampoco sabemos si los trabajadores chilenos tienen sellado su pasaporte por autoridades argentinas en su transito hacia Malvinas.

Como podemos observar en este tema, en apariencia tan sencillo de resolver, tampoco la política británica se ha mostrado dispuesta a aceptar un equilibrio, sino que sólo reestablecen vuelos cuando son completamente beneficiosos para una de las partes, les brinda posibilidades amplias de comercio y aumento de su población desde una perspectiva contraria a la integración con nuestro país. Pero está claro que las “declaraciones” respectivas y acuerdos concretos de vuelos son la materialización de la “hoja de ruta” planteada desde la “primera Declaración de Madrid”.

(*) Historiador, integrante de Barricada TV, docente de UNLP y UBA.

Comentarios

comentarios

Artículos ralacionados