Francisco D’alessio, miembro de la Dirección de Proyectos Especiales de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), habló en Desde el Barrio. En diálogo con Carlos Aira y Carla Pelliza se refirió al fallo dela Cámara Civil y Comercial que declara la constitucionalidad de los artículos 41 y 161 dela Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), y la inconstitucionalidad del 45 y 48.
“Es un Fallo salomónico que protege los intereses del Grupo Clarín, porque desvirtúa el carácter antimonopólico de la Ley al declarar inconstitucional el artículo 45, que es el que establece el límite a la cantidad de licencias que pueden tener los prestadores”, señaló D’alessio.
Actualmente el Grupo Clarín es el operador más grande del país con “mas de 230 licencias de cable, de las cuales 158 están operativas, siendo éste su principal negocio y la fuente de su rentabilidad. La Cámara, al impedirnos abordar esta cuestión, deja trunca una parte dela LSCA. No obstante, hay 19 Grupos en todo el país que ya presentaron sus planes de adecuación, varios de ellos han sido aprobados por el Directorio y están en funcionamiento, otros están en revisión y análisis por parte dela AFSCA”, agregó.
“La comunicación audiovisual, según lo establece la Ley, es un servicio esencial para la comunidad. El espectro radioeléctrico es una de las formas por medio de la cual ésta es transmitida. El cable es otra y está explícitamente regulada por la Ley, por lo tanto, el argumento de la Cámara no tiene mucho sustento”, explicó D’alessio.
“Se trata de una Ley que garantiza derechos y lo que tenemos que esperar es que la Corte Falle como corresponde, declarando la constitucionalidad dela Ley y permitiéndonos avanzar en las cuestiones que faltan en el plano de la adecuación”, concluyó.
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