Así lo señaló Miguel Rodríguez Villafañe, abogado constitucionalista cordobés y presidente de la Asociación Iberoamericana de Derecho de la Información y la Comunicación, quien habló en Abramos La Boca.
En diálogo con Mario Sadras, Ariel Weinman y Marcos Maldonado, explicó los alcances del artículo 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, en el marco del fallo de la Corte Suprema de Justicia, que fijó para el 7 de diciembre próximo el plazo de la medida cautelar interpuesta por el Grupo Clarín que suspendió el artículo 161 de la Ley de Comunicación Audiovisual.
Miguel Rodríguez Villafañe, Abogado Constitucionalista