febrero 03, 2025

La Corte, otra vez con Clarín

Una nueva ayudita para los amigos

La Corte Suprema de Justicia desestimó por razones formales un recurso de la AFSCA. De ese modo, confirmó una medida cautelar dispuesta por el juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal cargo del juez Horacio Alfonso, que luego fue ratificada por la Sala I de la Cámara.

Cuando se declaró constitucional la Ley de Medios Audiovisuales, la AFSCA evaluó que el Grupo Clarín había presentado una propuesta de adecuación mediante la cual transfería las licencias a firmas que estaban vinculadas con sus empresas. En verdad, resultaba ostensible que las compañías contaban con personal de la corporación originaria.

En consonancia con el sentido de la Ley, la AFSCA intentó aplicar la «adecuación de oficio». Pero los abogados del Grupo Clarín presentaron una acción de amparo por la que obtuvieron una cautelar que ordenó «la suspensión de los efectos de la Resolución AFSCA 1121/14 y del procedimiento de transferencia de oficio por el plazo de seis meses, bajo caución real de un millón de pesos».

La AFSCA apeló con pedido de «efecto suspensivo», esto es suspender la decisión judicial para poder continuar con el proceso de adecuación forzosa, pero la Cámara integrada por los jueces María Susana Najurieta y Ricardo Víctor Guarinoni, rechazó el planteo y mantuvo la suspensión de la adecuación de oficio.

La Cámara además rechazó el argumento de la AFSCA sobre «el abuso de posición dominante» que atribuyó al Grupo Clarín, porque a su entender «no pasan de ser proyecciones futuras de hechos posibles pero no probables».

Los abogados de la AFSCA, Mariano Przybylski, Sergio Zurano y Dalila Seoane, y el Estado Nacional, encabezados por Damián Garat y Martín Monea, apelaron finalmente ante la Corte Suprema.

En el acuerdo pasado, el alto tribunal desestimó el planteo con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Elena Highton de Nolasco, al considerar que los recursos de la AFSCA y el Estado Nacional «no se dirigen contra una sentencia definitiva o equiparable a tal».

Esto es que por razones formales, la Corte ratificó la vigencia de la medida cautelar que impide por ahora la adecuación de oficio. En medio de un debatido proceso electoral. Puede inferirse que, a través de este fallo, el alto tribunal definió su voto rumbo al balotaje.

GF / RG

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