octubre 09, 2025

Memorándum con el FMI | Etapa superior de la contra reforma previsional

Memorándum con el FMI | Etapa superior de la contra reforma previsional

Por Diego García *

El acuerdo entre el gobierno nacional y el FMI se presenta como la etapa superior la contra reforma al sistema previsional público, solidario y de reparto. Al planteo sobre los fondos “incautados” –cuya nulidad plantea el proyecto de ley presentado por el bloque de senadores que encabeza Cristina Fernández de Kirchner-, el gobierno suma el compromiso de avanzar con una reforma que consolide la quita de recursos y con ella la regresividad de derechos y la pauperización de las condiciones de vida de las personas mayores.

La seguridad social es la principal herramienta que tiene el Estado para redistribuir el ingreso nacional. Para la clase trabajadora, jubilación, salud y protección de la familia están en el origen y en la base misma de los derechos sociales conquistados a lo largo de años de lucha.

La recuperación de los fondos de jubilaciones y pensiones y del sistema previsional público, solidario y de reparto asistido por parte del Estado a través de la Ley 26.425 en octubre de 2008, produjo una transformación profunda en las condiciones de vida del pueblo argentino.

En primer lugar, porque esos recursos recuperados (aportes personales y contribuciones patronales) en manos del Estado financiaron tanto la movilidad de jubilaciones y pensiones por encima del aumento del costo de vida, como la ampliación de la cobertura previsional que facilitó el acceso al derecho a la jubilación a 3,6 millones de compatriotas que estaban condenados a la exclusión. En segundo lugar, porque nutrió el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) con $98.089 millones provenientes de los aportes de la clase trabajadora que crecieron hasta los $ 719.708 millones en siete años de administración kirchnerista, fortaleciendo las reservas del sistema mediante la administración de las acciones en el mercado de capitales nacionales y otros títulos, créditos y depósitos. En tercer lugar, porque fue condición de posibilidad para la Asignación Universal por Hijo (AUH), demanda social legitimada y luego convertida en ley.

En el marco de un proyecto político cuya prioridad fue el trabajo y la producción, con ampliación de derechos civiles, políticos y sociales, la construcción de un paradigma de inclusión y justicia social se expresó en una cobertura universal y de calidad del sistema previsional, la AUH y otros programas de acceso al bienestar de las familias como Conectar Igualdad, PROCREAR y PROGRESAR.

El gobierno de Macri delineó el plan maestro para destruir el Sistema Integrado Previsional Argentino a través de la Ley 27.260. Bajo el eufemismo de “sinceramiento fiscal” permitió el blanqueo de cuentas millonarias en el exterior –incluyendo por decreto a los familiares de los funcionarios, como es el caso del propio hermano del presidente- para cumplir con el eslogan de la “reparación histórica” consistente en una oferta de reajuste a un sector de jubiladas y jubilados cuyos haberes quedaron retrasados en la etapa previa a la Ley de Movilidad 26.417 de 2008.

Al día de la fecha muchos de estos beneficiarios no han aceptado la oferta ya que significa una rebaja muy significativa de dinero respecto a lo ordenado por las sentencias judiciales con que ya cuentan a su favor o que esperan hace años. Al mismo tiempo, la ANSES ha desacelerado fuertemente el ritmo de pago de las mismas en estos últimos dos años.

Va de suyo que dicho “blanqueo” resultó en una cantidad de dinero ingresado por única vez al sistema previsional, a todas luces insuficiente para sostener el pago de esos haberes reajustados a lo largo del tiempo. Por lo tanto, la misma ley contiene un capítulo que ordena la liquidación de los recursos del FGS para hacer frente a las obligaciones corrientes del sistema previsional.

Además, esta ley derogó la 27.181 de Protección de las participaciones sociales del Estado Nacional que requería de mayoría especial para la venta de acciones como aquellas con las que cuenta el FGS y sólo deberá garantizar un mínimo de 7% del total del FGS -poco más de la mitad de las que cuenta al día de hoy-.

Este escenario de liquidación del FGS es propicio para casos como el de la venta de acciones de la empresa Petrobras que se encontraban en manos de la ANSES y fueron vendidas a Pampa Energía a $10,37 para luego subir su precio a $18.

De la misma Ley 27.260 también se destaca la finalización de la inclusión previsional mediante el reconocimiento de los años trabajados sin aportes. Esto implica un cambio de paradigma de la inclusión social por el de “piso mínimo” social. Establecida la nueva Pensión Universal para el Adulto Mayor se produce un aumento automático de la edad de acceso de las mujeres a 65 años, pero a su vez esta nueva PUAM es incompatible con otra prestación previsional (como la pensión derivada del fallecimiento del cónyuge o conviviente) y equivale al 80% de la jubilación mínima. Esta Pensión desconoce completamente los aportes que las trabajadoras y los trabajadores pudieron haber acumulado en su vida laboral hasta tanto lleguen a acreditar el mínimo de treinta (30) años.

Cabe destacar que 8 de cada 10 personas que alcanzan la edad legal de jubilación (65 años lo hombres y 60 años las mujeres) no alcanzan los 30 años de aportes. Por lo cual la nueva PUAM consiste no solamente en una caída del estatuto legal del derecho sino un perjuicio económico directo. El Estado desconoce lo aportado durante la trayectoria laboral de cada persona que no logre completar los treinta años de registro en el sistema previsional.

Otro capítulo de esta ley establece la obligación de “armonizar” o equiparar los sistemas previsional provinciales no transferidos con los del SIPA. Las principales variables de los sistemas previsionales son la edad de acceso a la jubilación, los años de aporte requeridos, el porcentaje de aportes y contribuciones, cálculo del haber inicial en relación con el salario en actividad y la movilidad. La ley impone a las provincias cambios en estos parámetros o dejará de asistir financieramente a estos sistemas.

El segundo paso de la contra reforma del gobierno es la conflictiva ley sancionada en medio de las grandes movilizaciones reprimidas el 14 y 18 de diciembre del año pasado. La Ley 27.426 no solamente modificó el índice de movilidad estableciendo una fórmula que elimina el peso de la recaudación de la seguridad social por uno que pondera el índice de precios y en menor medida la variación de los salarios registrados, sino que se aplicó retroactivamente provocando una quita del orden del 8,8% (5,7% de ajuste en marzo, mientras debió haber sido 14,5% tomando en cuenta el segundo semestre de 2017). El Poder Ejecutivo Nacional le metió la mano en el bolsillo a 7,2 millones de jubilados y pensionados y a casi 8 millones de titulares de derecho de asignaciones familiares, quitando $100.000 millones del presupuesto de la ANSES.

Pero esto no es todo, además esta ley impone una nueva diferenciación entre aquellos jubilados y jubiladas “puras” y quienes lo hicieron mediante las leyes de inclusión (25.994 y 26.970), mayoritariamente mujeres. A los primeros les asegura el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil. Si bien el haber mínimo ya garantizaba el 81,7% del SMVM en Diciembre de 2017 (antes del aumento de este último en Enero), este recorte pretende resaltar la matriz ideológica del gobierno: la meritocracia. Por lo tanto, para este nuevo paradigma, quienes no hayan registrado rigurosamente los treinta años de aportes –pero también las y los titulares de una pensión derivada y de pensiones asistenciales- son castigados a quedar por debajo de ese 82% del mínimo.

En resumen, todas estas operaciones muestran que el nuevo haber mínimo es la mencionada PUAM ($ 6.476.-) y por encima de él más de 4,9 millones de personas cobran hasta $ 8.096.-

Así como de la mal llamada ley de “reparación histórica” quedó solapado el articulado sobre liquidación del FGS, la disminución de las alícuotas del impuesto a los bienes personales hasta 2019 y la eliminación del impuesto a las ganancia mínima presunta; del conflicto por la “reforma previsional” de diciembre quedó solapada la reforma tributaria (Ley 27.430) y el Pacto Fiscal.

La reforma fiscal fijó mínimos no imponibles para la reducción gradual de las contribuciones patronales. Con esta sola medida la ANSES pierde este año $40.000 millones y perderá el equivalente a $200.000 millones en 2022 (cerca del 20% del presupuesto total). El pacto fiscal con las provincias quita otros $160.000 millones, que serán no compensados por el impuesto al cheque.

La tercera fase del saqueo al Sistema Integrado Previsional Argentino está comenzando con la firma del Memorándum de entendimiento con el Fondo Monetario Internacional, en el marco de esta crisis económica con devaluación del peso, endeudamiento y transferencia de ingresos a los sectores concentrados del capital financiero.

El Consejo de Sustentabilidad creado por art. 12 de la Ley 27.260 se podrá en marcha para presentar una nueva ley previsional.

El planteo sobre la no sustentabilidad del sistema previsional es la construcción más perversa del equipo gobernante. El propio Mauricio Macri sostuvo que “la ANSES no da para más” en el marco de su exposición en el CCK previo a presentar la reforma previsional en noviembre de 2017.

El SIPA es un sistema de “reparto asistido”, quiere decir que se financia por aportes, contribuciones, impuestos generales y específicos, rentas y aportes del tesoro. Uno de los objetivos específicos para profundizar la redistribución regresiva y la pérdida de derechos sociales en materia previsional, es diferenciar el financiamiento “contributivo” del “no contributivo”. Este mandato ya está en el Art. 4º de la Carta del FMI de diciembre de 2016. El mismo argumento les permite sostener que el SIPA es deficitario porque no alcanzan solamente los aportes y contribuciones y hacen falta otros impuestos (IVA, Ganancias, combustibles, etc.) para pagar engrosar el presupuesto de ANSES. Sin embargo, todas las medidas que se fueron tomando son tendientes a profundizar el desfinanciamiento del organismo previsional.

Uno de los objetivos principales del Memorandum es alcanzar el equilibrio fiscal y para ello, el gobierno dice que, entre otras cosas va a “amortizar activos de los fondos de pensión que se encuentran actualmente en posesión del gobierno como un medio para ayudar a financiar el pago de pensiones”.

Por eso es que el gobierno se predispone a profundizar esta etapa superior de la contra reforma previsional, que consiste en:

1. Revisar todos los regímenes diferenciales y especiales con el objetivo de subir o equiparar las edades mínimas legales de cada actividad riesgosa o determinante de vejez prematura, para esto ha creado una Comisión.

2. Avanzar con la armonización de los sistemas previsionales provinciales, de acuerdo al Decreto 894 de 2016.

3. Profundizar la liquidación de activos del FGS para el pago de jubilaciones y pensiones.

4. Presentar un proyecto de reforma previsional que:

a) Modifique el cálculo del haber inicial, pudiendo bajarlo a través del cambio del coeficiente aplicable a cada año de aporte, a través del cambio de la determinación del salario base, o del cambio de ambos.

b) Aumente la edad jubilatoria del hombre y/o de la mujer, o los equipare aumentándolos a la vez.

c) Incluya un pilar de ahorro individual voluntario, tal como lo han expresado públicamente en más de una ocasión el Director Ejecutivo de ANSES Emilio Basavilbaso y el Secretario de Seguridad Social Juan Carlos Paulucci.

Hay que impedir que el gobierno logre reinstalar por ley este pilar de ahorro individual, ya que no es otra cosa que la vuelta del negocio financiero de los fondos previsionales como lo fueron las AFJP, aunque les cambien el nombre e intenten involucrar en este a gremios y entidades mutuales.

Las trabajadoras y los trabajadores estamos obligados a militar también en defensa del sistema público, solidario, de reparto con inclusión y redistribución, como hicimos en las movilizaciones de noviembre y diciembre, con el millón de firmas y acompañando las iniciativas legislativas que pongan freno a este saqueo.

Porque son nuestros derechos, consagrados en la Constitución Nacional y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre los Derechos de Niño y la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos de las Personas Mayores.

Porque es el legado de Perón desde la Secretaría de Trabajo y Previsión garantizando los derechos sociales y su ejercicio efectivo, como los Derechos del Trabajador de 1949 y de la Ancianidad enunciados por Evita hace ya setenta años.

Porque el movimiento organizado, con sus sindicatos de base, sus corrientes internas y centrales combativas, junto con las organizaciones de jubilados, luchó contra las AFJP en los noventa y va a seguir peleando por el derecho a una jubilación digna para todos y todas.

* Delegado general ATE – Anses

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